POLÍTICA
El CSU sumó su repudio al fallo de la CJSN que beneficia a represores con el "2x1"
Dir. de Comunicación Institucional | 11-05-2017 08:00
Los Consejeros, representantes de los docentes, no docentes y alumnos, sostienen que “el fallo de la Corte Suprema sienta un peligroso precedente que permite reducir las penas de los responsables del genocidio en Argentina (1976/1983) y obsta al cumplimiento efectivo de las condenas por crímenes de lesa humanidad”, entre otros fundamentos.
El Consejo Superior Universitario
El Consejo Superior Universitario de la UNS resolvió anoche en su reunión plenaria “Repudiar la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación dictada en la causa caratulada: “Bignone, Reynaldo Benito Antonio y otro s/ recurso extraordinario” (CSJ 1574/2014/RH1), de fecha 3-5-2017; y expresar nuestra profunda preocupación con los efectos que puede tener la misma sobre el cumplimiento de las penas impuestas a los condenados por delitos de lesa humanidad”.
Entre los considerandos, los consejeros –representantes de los docentes, no docentes y alumnos de la UNS- sostuvieron que “Que los delitos por los cuales se lo condenó a Luis Muiña (comisión de cinco hechos de privación ilegal y tormentos agravados por su condición de funcionario público con abuso de funciones y uso de violencia o amenazas) cometidos durante la última dictadura cívico-militar y que fueron calificados como delitos de lesa humanidad, son de carácter permanente”.
También, que “es importante tener en cuenta que en los delitos de lesa humanidad -como es el caso de Muiña- no hay posibilidad de amnistía, ni indulto, ni conmutación de la pena, son imprescriptibles y la persecución forma parte de los objetivos de la legislación internacional de Derechos Humanos, por lo que la ejecución de la pena no puede frustrar la finalidad persecutoria”, y que “la Universidad Nacional del Sur tiene un fuerte compromiso con el respeto a los Derechos Humanos y sistemáticamente ha repudiado los delitos cometidos por la última dictadura cívico militar y manifestado su solidaridad con sus víctimas”
A la vez, que “el fallo de la Corte Suprema sienta un peligroso precedente que permite reducir las penas de los responsables del genocidio en Argentina (1976/1983) y obsta al cumplimiento efectivo de las condenas por crímenes de lesa humanidad”, entre otros fundamentos.