Observatorio de Derecho de la Salud

ACADEMICAS | 21/03/2016
TUVO UN HIJO POR "ALQUILER" DE VIENTRE Y UN FALLO LE OTORGÓ LA MATERNIDAD
Declaró inconstitucional un artículo del Código Civil que reconoce como madre a la que lo gestó. Favoreció así a una mujer que no podía quedar embarazada.

Una pareja pudo anotar como propia a una beba nacida a fines de febrero y que fue gestada en el vientre de su tía. En un fallo que sienta precedente, la Justicia dictó la inconstitucionalidad de un artículo del nuevo Código Civil y Comercial —el 562— que indica que la madre de un niño es quien lo da a luz. La sentencia abre el debate sobre la maternidad subrogada, que formaba parte del anteproyecto de reforma del viejo código y luego fue excluido. Las especialistas consultados por Clarín hablan de "desamparo legal" y consideran que la gestación por sustitución debería ser regulada.

La decisión fue tomada por la jueza de familia de Lomas de Zamora, María Villaverde. En su sentencia declaró "la inconstitucionalidad y anticonvencionalidad del artículo 562 del Código Civil y Comercial de la Nación, en este caso concreto de gestación por sustitución, en cuanto no reconoce la maternidad de la mujer que ha expresado su voluntad procreacional mediante el consentimiento informado, sino la de la mujer que da a luz".

El anteproyecto de reforma del Código Civil habilitaba la figura de "alquiler" de vientres. Pero al sancionarlo el Congreso lo anuló y habilitó la figura de "voluntad procreacional". En el fallo, Villaverde expresó que el Código "sin prohibirla expresamente, no reconoce la maternidad de la mujer que ha expresado su voluntad procreacional mediante el consentimiento informado, sino la de la gestante". Por eso, anuló el artículo 562 y permitió a los padres biológicos que anotaran a la beba con su apellido.

Los nombres de los padres no trascendieron, pero sí algunos datos personales y los detalles del caso. La madre tiene 36 años y es empleada en una farmacia. Su pareja tiene 34 años y se dedica a la albañilería. Él siempre supo que ella no podía llevar adelante un embarazo. A los 15 años, en su primera visita al ginecólogo, le diagnosticaron Síndrome de Rokitansky, una enfermedad congénita. Quien la padece no menstrúa ni tiene útero, pero sí ovula.

En 2008, cuando se pusieron de novios, ella le contó que no podía gestar. Él dudó e incluso hablaron de terminar la relación. Sin embargo, el vínculo se afianzó con el tiempo y en 2009 se mudaron juntos. Dos años después, en 2011, ella se sometió a un estudio que medía su reserva ovárica: tenía óvulos y era posible fecundarlos in vitro con los espermatozoides de su pareja. Lo que no podía era gestar pero su hermana se ofreció. En la causa ese acto es descripto como "un gesto de amor".

Pero cuando la hermana se hizo los estudios de rigor, en 2012, resultó que estaba embarazada de su tercer hijo. Decidieron esperar dos años y en mayo pasado, le implantaron dos embriones —con material genético de su hermana y cuñado— de los que prendió uno. Durante los nueve meses de gestación, pelearon para que la Justicia los reconociera como padres aunque quien dió a luz fue la tía de la beba. Lo lograron.

"Este fallo convalida la maternidad por subrogación y sienta un precedente importante, pero no soluciona el problema que tienen las familias en esa situación porque sigue vigente el artículo que establece que el nacido es hijo de quien dio a luz y van a tener que recurrir a la Justicia. De ese modo la determinación de la filiación dependerá de la posición que adopte el juez. Puede tocarles uno que quiera atenerse a la norma y no les permita anotar como propio al niño. O la causa recaiga en un juzgado que entienda, como en este caso, que el artículo es "inconstitucional". Mientras los casos siguen ocurriendo hay un desamparo legal. ¿Qué solución podrían darle a esas familias que reclaman?", plantea Andrés Beccar Varela, abogado de Familia.